Posesiones Efectivas

Posesiones Efectivas

TRAMITACIÓN DE POSESIONES EFECTIVAS


Al morir una persona dejando bienes (casas, vehículos,etc.)  sus herederos deben obtener la posesión efectiva de la herencia  para poder disponer legalmente de dichos bienes. Es conveniente, que el trámite se haga cuanto antes, ya que con el paso del tiempo, los bienes pueden extraviarse, perder valor o comenzar a ser usados por quien no corresponda.

DOCUMENTOS NECESARIOS

  • Certificado de defunción del causante y de matrimonio, si era casado.
  • Fotocopia de escritura pública de cada una de las propiedades que deja el causante (Se necesitan entre otros, obtener datos como fojas, N°, año y fecha de cuando compro.)
  • Fotocopia de cédula de Identidad de cada uno de los herederos y especificar cuál es la calidad de heredero (si es hijo (a), esposo(a), otro.), indicando además domicilio completo, incluyendo comuna y región.
  • Si hay herederos, que cedieron sus derechos a otro hermano o a un tercero, se debe presentar escritura pública de cesión de derechos.
  • Rol de cada una de las propiedades que deja el o la causante. Este dato se puede encontrar en la boleta de pago basura municipal o en la boleta de pago contribuciones. 
  • Certificado de inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados (antiguo padrón) y permiso de circulación, por cada uno de los vehículos que hubiese dejado el causante.
  • Certificados que acrediten, si la causante tenia acciones, depósitos, bonos u otros en alguna institución financiera.
  • Poder notarial, para actuar como representante ante el servicio de Registro Civil e Identificación en toda la gestión de trámites. (el costo aproximado es de $10.000.)
  • Los honorarios por la tramitación, son $150.000.- el 50% para empezar y el otro 50% al término. (Esto último se debe documentar)
  • Los eventuales cobros que hace el servicio de registro civil e identificación y el S.I.I son de cargo de los herederos. (Estos cobros van a depender de la masa hereditaria).

 

Cuadro de cobros del Servicio de Registro Civil por su tramitación

Arancel solicitudes de Posesión efectiva

El solicitante debe pagar por la tramitación de la posesión efectiva un arancel que se determina según el valor total de los bienes detallados en el inventario, de acuerdo a la siguiente escala:

 

Valor del conjunto de bienes

Valor en Pesos

Arancel a pagar

Igual o inferior a 15 UTA

Entre $0 y $ 8.941.140

Exento

Superiores a 15 UTA e inferiores o iguales a 45 UTA

Entre $ 8.941.141 y $ 26.823.420

$ 79.477

Superiores a 45 UTA

A partir de $ 26.823.421

$ 122.828

Arancel para solicitudes de modificación de inventario 0,5 UTM = $ 24.837

UTA: Unidad Tributaria Anual $ 596.076 calculada al mes de Enero 2020.
UTM: Unidad Tributaria Mensual $ 49.673 calculada al mes de Enero 2020.
*Calculo referencial a Enero 2020.


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